COMUNICADO EJIDO TILA
DE DICIEMBRE DEL 2015
A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN, NACIONAL E INTERNACIONAL
A LOS LUCHADORES SOCIALES DE MEXICO Y DEL MUNDO.
AL CONGRESO NACIONAL INDIGENA. C N I.
A LA COMISION SEXTA DEL EZLN
A LOS DERECHOS HUMANOS NO GUBERNAMENTALES
LES QUEREMOS INFORMAR QUE LA ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIO CELEBRADA EL 8 DE NOVIEMBRE DE 2015.
DE LOS ACONTECIMIENTOS QUE PREVALECE DESDE AÑO ATRÁS HASTA LA ACTUALIDAD NUESTROS ABUELOS Y
ABUELAS FUNDARON LA POBLACIÓN INDIGENA CHOL ANTES DE LA COLONIZACION. HOY EN DIA NOS QUIEREN
REBATAR NUESTRAS TIERRA Y TERRITORIOS EN CENTRO ECOTURISTICO.
EL MAL GOBIERNO MUNCIPAL LLEVA 72 AÑOS DE VIOLACION
DE NUESTRO DERECHO LLEVAMOS 30 AÑOS DE LUCHA POR
LA VIA JURIDICA 6 AÑOS HEMOS ESPERADO EL RESULTADO DE
LA EJECUCION DE AMPARO 1302/2010 Y EL AMPARO DE
ORIGEN 259/82. LA ASAMBLEA GENERAL DE EJIDATARIOS
ACORDO DEMOLER EL PALACIO MUNICIPAL CONSTRUIDO SIN
PERMISO DE LA ASAMBLEA GENRAL. PORQUE ES EL ORIGEN DE
TODAS LAS INJUSTICIAS Y DISCRIMINACION, Y HOSTIGAMIENTO Y
CONSTANTE DESPOJO DE LA 130 HECTAREA DE NEUSTRA
TIERRA ANCESTRAL PARA EL FUNDO LEGAL BUSCANDO
DESTRUIR NUESTRA COLECTIVIDAD, NUESTROS ABUELOS CAMI-
NARON A PIE DE TILA A TUXTLA GUTIERREZ CHIAPAS, PARA
TRAMITAR LA LEGALIDA DEL EJIDO DESDE 1922 PASANDO GRANDES
PELIGROS POR LAS MONTAÑAS CAMINARON CARGANDO SUS ALIMENTOS
NO LES IMPROTO EL CANSANCIOS. PASARON LA ESCLAITUD DE LOS COLONIZARORES Y SUFIRERON EL DESPOJO DE
SUS TIERRRAS POR LA COMPANIA EXTRANJERA PENSILVANIA PLANTATION COMPACNI ANTES DE LA REVOLUCION
DEL GRAN GENERAL EMILIANO ZAPATA DE 1910. GRACIAS A ESA LUCHA SE LOGRO RECUPERAR 2466 HECTAREAS
Y LA RESOLUCION PRESIDENCIAL DE 30 DE JULIO DE 1934. FUNDADO EN EL ARTICULO 27 CONSTITUCIONAL
CONSTITUIDO EN 1917. FRUTO DE LA SANGRE DERRAMADA DE MILES DE CAMPESINOS Y DE ESA TIERRA HOY
SEMBRAMOS Y NOS ALIMENTAMOS JUNTOS CON NUESTROS HIJOS Y NIETOS NOS VISTE LOS ACOVIJA POR ESO HOY
EN DIA LA ASAMBLEA DIJO HEMOS HECHO MUCHAS MARCHAS Y CARABANAS SE HA HECHO CASO O MISO Y SE JIRO
OTRO ESCRITO AL C. LICENCIADO FELIPE CALDERON HINOJOSA. NO INTERVINO. PORQUE LA RESOLUCION
PRESIDENCIAL Y EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION DE 16 DE OCTUBRE DE 1934. NO CORRESPONDE EL ESTADO
TODO FUE INUTIL DE DIVERSAS OCASIONES. DOCUMENTALMENTE SE HA DEMOSTRADO QUE EL CASERIO DE
POBLADO INDIGENA ESTA SENTADO EN NUCLEO DE POBLACION INDIGENA CHOL EJIDAL, Y NO ES CABECERA
MUNICIPAL DE ACUERDO CON EL ARTICULO 9 DE LA LEGISLACION AGRARIA.
LOS NUCLEOS DE POBLACION EJIDALES O EJIDOS
TIENEN PERSONALIDAD JURIDICA Y PATRIMONIO
PROPIO SON PROPIETARIOS DE LS TIERRAS QUE LES HAN
SIDO DOTADAS. ARTICULO 22 EL ÓRGANO SUPREMO ES LA
ASAMBLEA GENERAL. ARTICULO 29 CUANDO LA ASAMBLEA
RESUELVA TERMINAR EL REGIMEN EJIDAL, EL ACUERDO RESPECTIVO
SERA PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION.
LO DAMOS A CONOCER DONDE ESTA UBICADO LA CABECERA MUNICIPAL
EN 25 DE AGOSTO DE 1909. SE ENCONTRABA EN EL VECINO POBLADO
PETALCINGO CON SUS 101 HECTAREAS. POR LOS PROBLEMAS DE
EPIDEMIA Y LA PRESENCIA DE LOS PARTIDARIO DE LA REVOLUCION
MEXICANA DE 1910. QUEDO ABANDONADO EL POBLADO. LOS PRESIDENTES
DE OTROS MUNICIPIOS Y LOS CACIQUES QUE LLEGARON EN LA POBLACION INDIGENA
CHOL TOMARON ACUERDO DE TRANSLADARLO PROVISONALMENTE DE ESTA MANERA LLEGO EL QUE TANTO NOS
ACAUSADO DE TANTAS INJUSTICIAS. POR ESA RAZON NO TIENE LEGALIDAD SU POSESION POR ESO HAN TOMADO
EL ACUERDO LOS TRES NIVELES DE GOBIERNO PAGARNOS LA CANTIDAD DE 40 MILLONES DE PESOS.
PERO EL CONOCIMIENTO Y LA SABIDURIA QUE NOS DEJARON NUESTROS ABUELOS NOS HA ENSEÑADO A DEFENDER
NUESTRA HISTORIA, Y NUESTRA CULTURA PORQUE LA MADRE TIERRA PERTENECEMOS EN ELLA.
EN BASE A ESO NOS QUIEREN COMPRARNOS PARA QUE NOSOTROS MISMOS DEMOS LA PALABRA PARA NULIFICAR NUESTRA RESOLUCION PRESIDENCIAL Y ACEPTAR EL ALTO COSTO DE VIDA Y DESPLAZAR A TODA LA JUVENTUD DESPLAZARLOS CUANDO SE HAGA LA MEDICION DE TIERRA CUANDO YA SEA LEGALIZADO EL FAMOSO FANAR HOY EN DIA VIVIMOS LAS TRES ACCIONES DENTRO DE LAS 5,405 HECTAREAS. DE ESTA FORMA QUIEREN DESESTABILIZARNOS, EL MAL GOBIERNO MUNICIPAL HA UTILIZADO LAS CALLES MAL PAVIMENTADAS Y EL PARQUE MERCADO, QUE SI HAY MERCADO MUNCIPAL HA INYECTADO PROGRAMAS Y PROYECTOS DE BAÑOS PARA CONTROLAR A LOS EJIDATARIOS HA NOMBRADO DIRIGENTE DE BARRIOS Y ANEXOS DANDOLE APOYO ECONOMICO PARA YA NO DEFENDER LA MADRE TIERRA Y DESTRUCCION DE SU CULTURA Y SUS USOS Y COSTUMBRES Y HA UTILIZADO EL ENGAÑO Y LA MENTIRA A LOS POBLADORES Y AVECINDADOS REGISTRANDO A SUS ESCRITURAS QUE SI HAY FUNDO LEGAL Y HAN PAGADO PAGOS ILEGALES EN LA HACIENDA DE AÑOS ATRÁS HASTA LA ACTUALIDAD. NOSOTROS TENEMOS LA CLARIDAD QUE VIOLAN EL ARTICULO 74 DE LA LEGISLACION AGRARIA. LA PROPIEDAD DE LAS TIERRAS DE USO COMUN ES INALIENABLE, IMPRESCRIPTIBLE E INEMBARGABLE.
PERO CONTODA LIBERTAD COMPRA TERRENOS A EJIDATARIOS NO EJIDATARIOS DISQUE PARA CONSTRUIR OBRAS
INCONCLUSA COMO EL AGUA SOLO ASI PARA BAJAR LOS RECURSOS Y ANUNCIANDOLO COMO DESARROLLO DEL
MUNICIPIO Y EL EQUIPAMIENTO DE RADIOS DE COMUNICACIÓN A LOS AGENTES DE BARRIOS Y DIRIGENTES DE LAS
COMUNIDADES Y SU PROYECTO DE MUERTE EXTENDIENDO MUCHOS PERMISOS DE CANTINAS DE BARES Y LICORES.
DESDE ESA PRESINDENCIA MUNCIPAL FUERON EQUIPADOS DE ARMAS
Y RADIOS UNIFORMES A LOS PARAMILITARES DE PAZ Y JUSTICIA.
LA ENTRADA DE MAQUINAS PARA TERREPLANEAR TERRENOS Y ESTRUCTURADORES
DE PIEDRAS Y TALAS DE MADERA PARA CONSTRUCCION DE OTRAS COMUNIDADES,
EL PAGO DE RENTA DE TAXIS A PERSONAS AJENAS QUE NO SON EJIDATARIOS LO
QUE RENTA, RECORDAMOS LO QUE CONTECIO EN 2005. LA PARTICIPACION
DE 2 HELICOPTEROS Y 20 COMBOLLES DE SECTORIALES Y LOS BOMBARDEROS DE
GASES LACRIMOJENOS A LA POBLACION CIVIL. EL PANICO Y LA SOSOBRA MUCHAS
FAMILIAS ABANDONARON SUS CASAS Y LA CONTRATACION DE PANDILLEROS Y DE
JOVENES Y QUE CARECEN DE RECURSOS ECONOMICOS FUERON CONTRATADOS PARA
ENCAPUCHARSE PARA MANTENER EL ORDEN MUNICIPAL.
COMO PUEBLO INDGENA CHOL DEBEMOS SER RESPETADOS POR EL CONVENIO 169
DE LA OIT. SOBRE DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS Y SALVA GUARDADOS
POR EL ARTICULO 21 DE LA CORTE INTERNA MERICANA Y NO MAS REPRESION
COMO EN 1980 EN EL GOBIERNO DE JUAN SABIENES GUTIERREZ, EN COORDINACION
CON LOS CACIQUES. HOY EN DIA HEMOS DEFENDIDO NUESTRO DERECHO DE POSESION
INDIVIDUAL ARTICULO 1, 14, 16. CONSTITUCIONAL VAMOS A RETOMAR EL ARTICULO
2 UNICAMENTE RECONOCEMOS NUESTRA PROPIA AUTORIDAD Y LA LIBRE
DETERMINACION EN CONSECUENCIA NUESTRA (AUTONOMIA). QUE UN EJIDO DEBE DE RESPETARSE SU AUTONOMIA
FRACCION 2 RESOLVER NUESTRO PROPIO CONFLICTO INTERNO, EN EL ARTICULO 39 DE LA MISMA CONSTITUCION
TIENEN TODO EL TIEMPO EL INALIENABLE DERECHO DE ALTERAR O MODIFICAR LA FORMA DE SU GOBIERNO.
SI VIOLAN NUESTRO DERECHO DE POBLACION INDIGENA CHOL ESTARIAN ENCONTRA DE LA PROPIA NACION
PORQUE ES PLURICULTURAL EL TERRITORIO NACIONAL.
ATENTAMENTE
TIERRA Y LIBERTAD